​​​​​​​​​MANUAL DEL TRANSPORTADOR
1. Generalidades

La CREG ha definido el Sistema de Transporte de TransOccidente como el gasoducto comprendido entre la puerta de ciudad de Cali, ubicada frente a la glorieta de CENCAR y la estación reguladora y de medición ubicada en la Avenida 3N con calle 70N de la ciudad de Cali, conocido como sector ACOPI, con sus conexiones y ramales asociados. El sistema se conecta del Sistema de Transporte de Occidente (Mariquita – Cali) en el City Gate de Cali, y presta el servicio de transporte de gas natural a la empresa distribuidora Gases de Occidente S.A. E.S.P.

1.1. Objeto

El propósito de este manual es suministrar información acerca de los procesos comerciales y operacionales adoptados por TransOccidente S.A. E.S.P. para la prestación de sus servicios como transportador de gas natural.

La información que contiene el Manual del Transportador incluye una descripción del Sistema de Transporte, de los procesos o ciclos de nominaciones, las presiones en los diferentes puntos de salida, los volúmenes transportados por el sistema y demás información de interés para los usuarios.

1.2. Definiciones

Acceso al Sistema Nacional de Transporte de Gas: es la utilización de los Sistemas de Transporte de Gas Natural mediante el pago de los cargos correspondientes, con los derechos y los deberes que establece el Reglamento Único de Transporte y las normas complementarias a éste.

Acta de Inicio: Documento en que ambas Partes certifican el día en que se inicia el Acuerdo Operativo de Balance.

Acta de Liquidación: Acta mediante la cual las Partes se otorgan el mutuo finiquito de sus obligaciones relacionadas con este Acuerdo Operativo de Balance.

Acuerdo de Balance: Acuerdos comerciales celebrados entre dos Agentes, dirigidos a atender Desbalances.

Acuerdo Operativo de Balance: Acuerdo de Balance de carácter operativo celebrado entre el Productor - Comercializador y el Transportador o entre transportadoras.

Agentes Operacionales o Agentes: Personas naturales o jurídicas entre las cuales se dan las relaciones técnicas y/o comerciales de compra, venta, suministro y/o transporte de Gas Natural, comenzando desde la producción y pasando por los sistemas de transporte hasta alcanzar el punto de salida de un usuario. Son Agentes los productores-comercializadores, los comercializadores, los distribuidores, los transportadores, los usuarios no regulados y los almacenadores independientes.

BEO: Boletín Electrónico de Operaciones, tal y como está definido en la resolución CREG 071 de 1999.

Calidad del gas: Especificaciones y estándares del Gas Natural adoptados por la CREG en el presente reglamento, y en las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.

Cantidad de Energía: Cantidad de gas medida en un Punto de Entrada o en un Punto de Salida de un Sistema de Transporte, expresado en Mbtu (millones de unidades térmicas británicas) o su equivalente en el Sistema Internacional de Unidades.

Cantidad de Energía Autorizada: Cantidad de Energía que el Centro Principal de Control (CPC) acepta que se transporte durante el Día de Gas por un Sistema de Transporte.

Cantidad de Energía Confirmada: Cantidad de Energía que el Remitente confirma que requiere transportar durante el Día de Gas por un Sistema de Transporte, ante el respectivo Centro Principal de Control (CPC).

Cantidad de Energía Entregada: Cantidad de energía que el Remitente entrega en el Punto de Entrada de un Sistema de Transporte durante el Día de gas.

Cantidad de energía Nominada: Cantidad de Energía que el Remitente proyecta entregar en el Punto de Entrada y tomar en el Punto de salida de un Sistema de Transporte durante el Día de Gas y que consigna en la Nominación correspondiente.

Cantidad de Energía Tomada: Cantidad de Energía que el Remitente toma en el Punto de salida de un Sistema de Transporte durante el Día de Gas.

Capacidad Contratada: Capacidad de transporte de gas natural que el remitente contrata con el transportador para el servicio de transporte, expresada en miles de pies cúbicos estándar por día (kpcd) o en sus unidades equivalentes en el Sistema Internacional de Unidades.

Capacidad Disponible Primaria: Es aquella capacidad de que dispone el transportador y que de acuerdo con los contratos suscritos no está comprometida como capacidad firme.

Capacidad Disponible Secundaria: Es aquella Capacidad Firme que el Remitente no proyecte utilizar y que, de acuerdo con los derechos otorgados por el contrato de transporte suscrito, puede ceder o vender a remitentes reemplazantes.

Capacidad Firme: Capacidad que, de acuerdo con los contratos suscritos, no es interrumpible por parte del transportador, salvo en casos de emergencia o de fuerza mayor.

Capacidad máxima del gasoducto de Transoccidente: Capacidad máxima de transporte diario de un gasoducto definida por el Transportador, calculada con modelos de dinámica de flujo de gas utilizando una presión de entrada de 250 psig a las presiones para los diferentes Puntos de Salida y los parámetros específicos del fluido y del gasoducto.

Capacidad Interrumpible: Capacidad contratada que de acuerdo con los contratos suscritos prevé y permite interrupciones por parte del Transportador mediante el correspondiente aviso al Remitente.

Capacidad Futura: Es aquella capacidad producto de ampliaciones de la capacidad de transporte de los gasoductos.

Capacidad Liberada: Es la Capacidad Disponible Secundaria que el remitente ha cedido o revendido a Remitentes Reemplazantes.

Capacidad programada: Capacidad de transporte de un gasoducto que se ha previsto utilizar horariamente en el Programa de Transporte elaborado por cada CPC para el siguiente Día de Gas con base en el Ciclo de nominación de Transporte.

Cargo por Conexión a un Sistema de Transporte: Es el cargo que debe pagar un Agente al Transportador o a un tercero, por los costos de la conexión.

Centros principales de Control (CPC): Centros pertenecientes a los diferentes gasoductos (Sistemas de Transporte) que hagan parte del Sistema Nacional de Transporte, encargados de adelantar los procesos operacionales, comerciales y demás definidos en el RUT.

Ciclo de Nominación de Transporte: Proceso que se inicia con la solicitud de servicios de transporte realizada por un Remitente al CPC respectivo, con respecto a la Cantidad de Energía y el poder calorífico del gas que va a entregar en el Punto de Entrada o a tomar en el Punto de Salida de un Sistema de Transporte en un Día de Gas y que termina con la confirmación de la solicitud.

Ciclo de nominación de suministro de Gas: Proceso que se inicia con la solicitud de servicios de suministro de gas realizada por un Remitente al Productor-Comercializador respectivo y que termina con la Confirmación de la solicitud.

Comercialización de Gas Combustible: Actividad de compra, venta o suministro de gas combustible a título oneroso.

Comercializador: Persona jurídica cuya actividad es la comercialización de gas combustible.

Condiciones estándar: Definen el pie cúbico estándar como el volumen de gas contenido en un pie cúbico a una presión de 14,65 psia y a una temperatura de 60°F. A estas condiciones se referirán los volúmenes y el poder calorífico del gas transportado por el Sistema Nacional de Transporte.

Conexión: Conjunto de bienes que permiten conectar al Sistema Nacional de Transporte un productor - comercializador, un distribuidor, un usuario no regulado, un Sistema de almacenamiento, o cualquier usuario regulado (no localizado en áreas de servicio exclusivo) atendido a través de un comercializador.

Confirmación: Proceso por el cual el Remitente, en respuesta a la Nominación Autorizada por el CPC, confirma la Cantidad de energía que debe entregar al Sistema de Transporte y tomar del mismo.

Contrato de Conexión al Sistema Nacional de Transporte: Acuerdo de voluntades suscrito por las partes interesadas, mediante el cual se pactan las relaciones técnicas, administrativas y comerciales de las conexiones al Sistema Nacional de Transporte, e incluye el pago de un Cargo por Conexión.

Contrato de Transporte: acuerdo de voluntades que se suscribe entre un Transportador y un Remitente para la prestación del servicio de transporte de gas natural, sometido a la regulación que explica la CREG, a las normas pertinentes de la ley 142 de 1994 y del Derecho Privado.

CREG: Comisión Reguladora de Energía y Gas.

Cuenta de Balance: Es la diferencia acumulada entre la cantidad de energía entregada y la cantidad de energía tomada por un Remitente en un mes.

Derechos de suministro de gas: Es la cantidad de gas contratada que otorga al comprador o al consumidor titularidad sobre la misma.

Desbalance de Energía: Se define como la diferencia entre la cantidad de energía entregada y la cantidad de energía tomada por un remitente en un Día de Gas.

Desvío: Es un cambio en los Puntos de Entrada y/o Puntos de Salida con respecto al origen y/o destinación inicial o primaria especificada en el Contrato de Transporte. Esto es, cuando un Remitente solicita Puntos de Entrada y/o de Salida diferentes a los especificados en su Contrato.

Día de Gas: Día oficial de la República de Colombia que va desde las 0:00 horas hasta las 24 horas, durante el cual se efectúa el suministro y transporte de gas.

Distribuidor de Gas Combustible por Redes de Tubería: Persona jurídica que presta el servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tuberías.

Día Hábil: Todos los días de la semana, exceptuando domingos y festivos no laborables de acuerdo con la ley colombiana y exceptuando también aquellos días que sean festivos en la ciudad de Barranquilla y en que Transoccidente no labore en sus oficinas administrativas.

Empaquetamiento: Operación de almacenamiento de gas en gasoductos mediante variaciones de presión de operación, permitiendo modificar transitoriamente la capacidad de transporte de un gasoducto.

Estado de Emergencia: Situación en la cual un gasoducto o tramo de gasoducto, como consecuencia de eventos imprevistos durante su operación, puede afectar la seguridad pública y el medio ambiente.

Gas natural: Mezcla de hidrocarburos livianos compuesta principalmente de metano, que se encuentra en los yacimientos en fase gaseosa. Se puede presentar en forma libre o en forma asociada al petróleo.

KPC: Un mil (1.000) pies cúbicos.

Liberación de capacidad: Acto mediante el cual los remitentes venden o ceden capacidad firme a título oneroso, parcial o totalmente, temporal o permanentemente a otro remitente, siempre que sea técnicamente posible.

Manual del Transportador: Documento que contiene la información y los procedimientos comerciales y operacionales más relevantes utilizados por cada Transportador.

Mercado Secundario: Es el mercado secundario de gas natural y de capacidad de transporte donde los procedimientos Remitentes con Capacidad Disponible Secundaria y/o Agentes con Derechos de Suministro de Gas pueden comercializar libremente sus derechos contractuales.

Mes: Período comprendido entre el primer día de un mes calendario y el último día de ese mismo mes calendario, ambos inclusive.

MPCD: Un millón (1.000.000) de pies cúbicos por día.

MBTU’s: Un millón (1.000.000) de BTU’s.

Nominación de servicio de transporte: Es la solicitud diaria del servicio para el siguiente Día de Gas, presentada por el Remitente a TransOccidente, especificando la cantidad de energía a transportar cada hora, o diariamente en el caso de Distribuidores, el poder calorífico del gas, así como los Puntos de Entrada y Salida.

Partes: TransOccidente y Remitente.

Productor de gas natural: Entidad con la cual el Remitente celebre un contrato de suministro de gas natural para su planta.

Programa de Transporte: Es la programación horaria para el transporte de Cantidades de Energía, elaborada diariamente por un CPC, de acuerdo con las Nominaciones de los Remitentes y la factibilidad técnica de transporte de los gasoductos respectivos.

Puerta de ciudad: Estación reguladora de la cual se desprenden redes que conforman total o parcialmente un Sistema de Distribución y a partir de la cual el Distribuidor asume la custodia del gas.

Punto de Entrada: Punto que utiliza el Remitente para entregar el gas natural a TransOccidente, el cual será la brida situada a la salida de la estación city gate Yumbo – Cali de Transgas de Occidente.

Punto de Salida: Punto donde el Remitente toma el gas natural.

Reglamento Único de Transporte de Gas Natural (RUT): Conjunto de normas de carácter general expedidas por la CREG que reglamentan la actividad de las empresas que prestan el Servicio de Transporte de Gas Natural y su interacción con los demás Agentes.

Remitente: Persona natural o jurídica con la cual Transoccidente ha celebrado un contrato para prestar el servicio de transporte de gas natural.

Remitente Potencial: Agente que solicita la prestación del servicio de Transporte.

Remitente Reemplazante: Remitente que utiliza la Capacidad Liberada por un Remitente con Capacidad Firme.

Renominación: Cambio en la Nominación para un Día de Gas notificado por el Remitente a TransOccidente con la antelación definida por la CREG.

Restricciones de Capacidad de Transporte: Disminución de la Capacidad Máxima del Gasoducto originada por limitaciones técnicas identificadas o por una condición de fuerza mayor o caso fortuito.

Sistema de Transporte: Conjunto de gasoductos del Sistema Nacional de Transporte que integran los activos de una empresa de Transporte.

Sistema Nacional de Transporte: Conjunto de gasoductos localizados en el territorio nacional, excluyendo conexiones y gasoductos dedicados, que vinculan los centros de producción de gas del país con las Puertas de Ciudad, Sistemas de Distribución, Usuarios No Regulados, Interconexiones Internacionales y Sistemas de Almacenamiento.

Subasta: Procedimiento estructurado de compra-venta de bienes o servicios con reglas formales, en la cual los potenciales compradores y/o vendedores pueden realizar ofertas.

Superintendencia o SSPD: La superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a que se refieren los artículos 14.30 y 76 de la Ley 142 de 1994.

Transportador: Se considera como tal a la persona de que trata el Título 1 de la Ley 142 de 1994, que realiza la actividad de Transporte de Gas desde un Punto de Entrada hasta un Punto de Salida del Sistema Nacional de Transporte y que reúne las siguientes condiciones de acuerdo con la Regulación de la CREG: a) Que tenga capacidad de decisión sobre el libre acceso a un Sistema de Transporte siempre y cuando dicho acceso sea técnicamente posible; y b) Que realice la venta del Servicio de Transporte a cualquier Agente mediante Contratos de Transporte.

Válvulas de seccionamiento: TransOccidente dispone de válvulas de seccionamiento con cierre automático por baja presión de gas y corte por velocidad de caída de presión.

Variación de Entrada: Valor absoluto de la diferencia entre la Cantidad de Energía Confirmada y la cantidad de Energía Entregada en cada hora por Remitente, o en cada día para el caso de Distribuidores.

Variación de Salida: Valor absoluto de la diferencia entre la Cantidad de Energía Confirmada y la Cantidad de Energía Tomada en cada hora por Remitente, o en cada día para el caso de Distribuidores.

Volumen Autorizado: Volumen de gas natural que el Remitente tiene derecho a tomar del Sistema de Transporte.

Volumen Entregado: Volumen de gas natural que el Remitente o su representante entrega durante el Día de Gas en el Punto de Entrada.

Volumen Tomado: Volumen de gas natural que el Remitente toma durante el Día de Gas en el Punto de Salida.

 

2. Nuevos Clientes

2.1 CARGOS MÁXIMOS PARA LOS DIFERENTES SERVICIOS DE TRANSPORTE

2.1.1 Cargos para los Diferentes Servicios de Transporte

De acuerdo con lo enunciado en la Resolución 001 del año 2000 de la CREG, se establecen opciones para la determinación de cargos de transporte.

Estos cargos de transporte se dividen básicamente en tres componentes de la siguiente forma:

a) Cargos Fijos Regulados para la Remuneración de Costos de Inversión: Se calculan teniendo en cuenta una inversión base reconocida por la CREG y los volúmenes correspondientes a la demanda esperada de capacidad para los próximos 20 años, utilizando una tasa de rentabilidad del 11.5%.

b) Cargos Variables Regulados para la Remuneración de Costos de Inversión: Se calculan teniendo en cuenta una inversión base reconocida por la CREG y los volúmenes correspondientes a la demanda esperada de volumen para los próximos 20 años, utilizando una tasa de rentabilidad del 16%.

c) Cargos Fijos Regulados para la Remuneración de Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento: Se calculan teniendo en cuenta el valor presente de los gastos de administración, operación y mantenimiento reconocidos por la CREG y los volúmenes correspondientes a la demanda esperada de capacidad para los próximos 20 años, utilizando una tasa de rentabilidad del 11.5%.

Con base en esta información y en los cálculos que allí se obtengan, se establecerán una serie de parejas de cargo, dependiendo de los contratos que se definan con cada cliente.

Estas parejas pueden tener los siguientes comportamientos:

Variable Fijo
100% 0%
80% 20%
60% 40%
50% 50%
40% 60%
20% 80%
0% 100%

2.2 CONTRATOS TIPO PARA LOS DIFERENTES SERVICIOS DE TRANSPORTE

Los contratos de transporte más comunes son:

a) Contrato de Capacidad en Firme: El Transportador se compromete a garantizar una capacidad disponible al Remitente durante un tiempo determinado.

b) Contrato de Capacidad Interrumpible: El Remitente puede solicitar una capacidad de transporte para un determinado período que se encuentra sujeta a la disponibilidad efectiva del Transportador.

2.2.1 Contrato Transporte en Firme

2.2.2 Contrato Transporte Interrumpible

2.2.3 Contrato de Conexión al Sistema de Transporte

 

2.3 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE

El procedimiento para la solicitud y asignación de servicios de transporte por los gasoductos de propiedad de TRANSOCCIDENTE es el siguiente:

 

Figura 1: Diagrama de Flujo del Procedimiento de Solicitud y Asignación de Capacidad de Transporte

Recibida la solicitud de servicio de manera formal, TransOccidente S.A. E.S.P. realiza su estudio técnico y comercial y le confirma al cliente la existencia de capacidad disponible, especificando los cargos, términos y opciones contractuales bajo los cuales se suministrará el servicio, con el compromiso de mantener reservada la capacidad durante un plazo de 7 siete días calendario.

TransOccidente S.A. E.S.P. dispone de 15 días hábiles para la firma y legalización del contrato. A partir de entonces, previo acuerdo con el cliente, se dará inicio al servicio en la fecha estipulada por ambas partes.

Cuando no existe capacidad disponible, TransOccidente S.A. E.S.P. le informa al cliente las opciones de expansión e inversiones requeridas para satisfacer su solicitud. Para esta actividad se tiene establecido un tiempo de 5 días hábiles.

El cliente, por su parte, decide si espera alguna liberación de la capacidad de transporte o acepta una ampliación de la capacidad por parte de TransOccidente S.A. E.S.P.. En el primer caso, quedará registrado durante un año en el BEO en espera de la posible liberación de la capacidad; en el segundo, se acuerdan los cargos, plazos y términos bajo los cuales se formalizará el servicio.

Cuando se reciben solicitudes de servicio de varios clientes que superan la capacidad disponible, esta se asignará mediante un proceso de subasta que se realizará dentro de los tres meses siguientes al recibo de dos o más solicitudes de transporte y se llevará a cabo de conformidad con los principios de eficiencia económica y neutralidad exigidos por la ley.

 

2.4 PROCEDIMIENTO DE SUBASTA DE CAPACIDAD DISPONIBLE PRIMARIA

Cuando se identifique la necesidad de someter a proceso de subasta la capacidad de transporte primaria existente entre varios proponentes, se procede de la siguiente manera:

a) Se envía a los solicitantes comunicación formal de la situación de disponibilidad de transporte e invitación al proceso de subasta.

b) Se reciben las ofertas de los proponentes, las cuales deberán contener las cantidades de volumen a contratar, ubicación, presión de entrega, tipo de contrato a suscribir y plazos durante los cuales contratarían el servicio.

c) Se estudian las propuestas recibidas y se adjudica la capacidad a la(s) propuesta(s) que demuestre(n) mayor eficiencia económica para TransOccidente S.A. E.S.P.

d) En caso de que el conjunto de ofertas recibidas supere el volumen en subasta y dos o más propuestas presenten igualdad en cuanto a eficiencia económica, se procederá a realizar una nueva ronda de subasta entre dichos proponentes. Este procedimiento se repetirá tantas veces como sea necesario, hasta cuando se adjudique a la mejor propuesta. Los resultados de cada ronda de subasta se publicarán en el BEO.

e) Cuando el conjunto de ofertas recibidas totalice un volumen igual o inferior al volumen en subasta, se asignará de forma directa a los oferentes.

 

2.5 PROCEDIMIENTO PARA LIBERACIÓN DE CAPACIDAD

Los Remitentes podrán liberar, total o parcialmente, temporal o permanentemente, la Capacidad en Firme que no requieran en un periodo determinado. Este proceso puede adelantarse en cualquier momento del Día de Gas, cumpliendo los siguientes requisitos exigidos por TransOccidente S.A. E.S.P.

1. El Remitente debe ingresar al sistema los términos y condiciones en que se libera la Capacidad en Firme que no requiera en un período determinado.

2. Después, debe indicar a TransOccidente S.A. E.S.P. si la capacidad en firme que va a liberar requiere algún desvío, para que TransOccidente S.A. E.S.P. determine la viabilidad técnica de la operación.

3. Por último, el Remitente que libere capacidad en firme debe indicar a TransOccidente S.A. E.S.P., mediante documento escrito, los volúmenes y precios transados para proceder a publicarlos en el BEO durante el Ciclo de Nominación.

  


2.6 PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE DESVÍOS

Un Remitente podrá solicitar a Transoccidente desvíos, entendiéndose como tales, un cambio en los Puntos de Entrada y/o en los Puntos de Salida con respecto al origen y/o destinación inicial o primaria especificada en el Contrato de Transporte. Es decir, cuando un Remitente solicita que se lleve su gas de Puntos de Entrada y/o de Salida diferentes de los especificados en su Contrato. Se debe cumplir el siguiente procedimiento:

a) Durante el ciclo de nominación de transporte, el Remitente debe incluir en el formato de nominaciones el nuevo Punto de Salida solicitado para la entrega de las cantidades de gas.

b) En el proceso de Renominación de Transporte, el Remitente debe incluir en el formato de renominaciones el nuevo Punto de Salida solicitado para la entrega de las cantidades de gas.

TransOccidente S.A. E.S.P. podrá negar el desvío por motivos técnicos u operativos.

 

2.7 PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE CONEXIÓN

Los pasos para que un agente (Comercializador, Distribuidor, Productor o Consumidor) pueda conectarse al Subsistema de Transporte del Valle 01 son los siguientes:

1. Solicitud Formal de Conexión.

Se puede enviar por correo, fax o correo electrónico y deberá contener como mínimo lo siguiente:

a. Condiciones Técnicas bajo las cuales las requiere.

b. Información para evaluar efectos técnicos y operacionales de la Conexión como: ubicación de la conexión, localización, condiciones de entrega del gas, uso del gas, especificaciones del medidor y equipos, volúmenes a ser entregados y/o recibidos, entre otros.

2. Análisis Técnico.

Tiempo en que se estudia la conveniencia técnica y de seguridad de realización de la conexión.

3. Respuesta al cliente.

Es la comunicación por parte de TransOccidente S.A. E.S.P. de aceptación o negativa a la propuesta. En caso de negativa se justifica dicha decisión con los argumentos técnicos y de seguridad y se muestran los cambios que se deben realizar en la red para hacer posible dicha conexión, el tiempo requerido y sus costos (a cargo del cliente). El cliente decidirá si autoriza dichos trabajos, en cuyo caso se llevan a cabo.

4. Presupuesto de acometida.

A petición del cliente se cotiza el valor de la subestación de medición y filtración y la acometida.

5. Realización de trabajos.

Los trabajos de adecuación de la red se desarrollan de acuerdo con lo estipulado previamente, una vez obtenida la aprobación del cliente.

Cuando el cliente no desea contratar la fabricación y el montaje de la subestación con TransOccidente S.A. E.S.P., debe informarlo por escrito y remitirle los diseños tan pronto los tenga disponibles para que sean revisados y aprobados. Luego, la firma contratista del cliente procede a fabricar e instalar la subestación y acometida. En estos casos, TransOccidente S.A. E.S.P. se encargará de la interventoría durante la realización de los trabajos. El proceso de conexión al gasoducto (Hot Tap) lo realizará únicamente TransOccidente S.A. E.S.P., a costo del cliente.

 

Formato Solicitud de Capacidad de Transporte y Conexión

 

 

 Costos puntos de entrada y Salida

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